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Exención de franja de salida (Slot ATFM) para vuelo médico, humanitario y/o de traslado crítico de vacuna

Formulario de uso de exención al SLOT ATFM

  • ¡AVISO! Debido a una incidencia técnica que afecta al tiempo para la presentación de la solicitud, le recomendamos que tenga preparada toda la información para poder rellenar el formulario en el menor tiempo posible.

OBJETO

Los vuelos IFR con salida en los aeropuertos situados en territorio español gozarán de exenciones ATFM, tal y como establece el artículo 29 del Real Decreto 1180/2018.

Y según ha establecido la Célula Europea de Coordinación de Crisis de Aviación (EACCC) el 12/01/2021, se incluye el uso de exenciones ATFM para vuelos críticos que transporten vacunas COVID-19.

Particularmente para hacer uso de las exenciones ATFM con designador STS/ATFMX en los supuestos siguientes:

  1. Los vuelos médicos específicamente declarados por las autoridades sanitarias, incluidos los de traslado de órganos u equipos para trasplante y los vuelos de posicionamiento si lo requiere la situación (designador «STS/HOSP»).
  2. Los vuelos que operen por razones humanitarias (designador «STS/HUM»).
  3. Los vuelos que operen para el transporte de vacunas y se consideren críticos, aquellos cuya demora podría poner en riesgo la vacuna (designador «RMK/VACCINE»).

El operador del vuelo deberá presentar ante ENAIRE el formulario de Exención de franja de salida (Slot ATFM) para vuelo médico, humanitario y/o de traslado crítico de vacuna, a través del botón «ACCEDER AL PROCEDIMIENTO», facilitando información completa sobre la operación, así como la acreditación de la naturaleza y urgencia del vuelo mediante certificación, según proceda, del equipo médico que atiende al paciente (Certificado Médico) o responsable del trasplante (Certificado de operación de trasplante), o autorización por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)(Autorización de traslado crítico de vacunas1) o de las Agencias de las Naciones Unidas u otras organizaciones responsables de los programas o actuaciones humanitarias en las que se incardinan los vuelos. Para este último caso, también se pone a disposición del operador un formato de certificado para utilizar en caso de que no se disponga de uno propio (Certificado de Actuaciones Humanitarias).

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El formulario y documentación deberá presentarse con 24 horas de antelación a la salida o, excepcionalmente, cuando la naturaleza del vuelo no permita dicha antelación a más tardar en las 72 horas siguientes.

PROCEDIMIENTO
 
Puede consultar el procedimiento completo en Procedimiento de solicitud de exenciones ATFM.
Documentación a facilitar:
 
a) Plantillas de certificados para completar y adjuntar.

Certificado Médico.

Certificado de operación de trasplante.

Certificado de actuaciones humanitarias.

b) Otros documentos a adjuntar:

* Autorización de traslado crítico de vacunas1.

PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable del tratamiento: ENAIRE. | Finalidad: Tramitar y gestionar la solicitud de exención de franja de salida (Slot ATFM) para vuelo médico, humanitario y/o de traslado crítico de vacuna. | Legitimación: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento: Reglamento (UE) Nº 255/2010. | Destinatarios: Están previstas comunicaciones de datos a AESA, así como a las diferentes agencias y organismos competentes tanto dentro de la Unión Europea como fuera de la misma en función de los requerimientos de seguridad aérea | Derechos: Acceso, rectificación, supresión, así como otros derechos contemplados en la vigente normativa de protección de datos, cuando procedan, ante la Unidad Central de Protección de Datos de ENAIRE (UCPD) - Avda. de Aragón, 330 – Edificio 2 - 28022 Madrid o a través de la Sede Electrónica (enaire.sede.gob.es).

Información adicional: Podrá consultar información adicional en el siguiente enlace.

 

 

 

 

1 La autorización de traslado crítico de vacunas se ha de solicitar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) a través del correo logvac@aemps.es, según los NOTAM B0623-21 y B0624-21.