Recurso potestativo de reposición
Procedimiento para la interposición de un recurso contra actos que pongan fin a la vía administrativa.
Información adicional sobre el procedimiento
Impresos para su presentación en soporte papel
Objeto
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Órgano que resuelve el procedimiento
El mismo Órgano que dictó el acto recurrido
Plazo máximo para resolver y efectos de la falta de resolución en plazo
El plazo máximo para resolver y notificar es de 1 mes. La falta de resolución en plazo (silencio administrativo) tiene efectos desestimatorios.
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Formas de presentación de la solicitud
Tramitación en papel. Puede utilizar el siguiente impreso y entregarlo en una oficina de registro. Tramitación electrónica. Pulse en el siguiente enlace